Los estados deben asegurar la participación de diferentes actores en la determinación de políticas públicas en materia del derecho humano al agua y saneamiento así como descentralizar los servicios a nivel más local a los comités de gestión comunitaria, transferencia que no implica que queden exentos- los estados-de sus obligaciones jurídicas. Asimismo dichos comités de gestión comunitaria del agua deben velar porque el agua sea asequible para todos.
En esa perspectiva, el derecho humano al agua y saneamiento determina que los servicios sean de calidad, asequibles, accesibles, disponibles para todos sin discriminación y sean sustentables.
“El Estado tiene un deber internacional de apoyar a los comités -Organizaciones Comunitarias de Servicios de Agua y Saneamiento (OCSAS)-, asegurando a través de los municipios el control a la calidad del agua, adoptando reglamentos, legislación con estándares sobre asequibilidad, calidad y sostenibilidad… También los comités de gestión de agua y saneamiento a nivel local deben integrar los principios de derecho humano, adoptar medidas para asegurar las comunidades más pobres y estigmatizadas tengan acceso a los servicios”, destacó Catarina Albuquerque, Relatora Especial de Naciones Unidas sobre el derecho humano al agua potable y al saneamiento en un vídeo divulgado recientemente en el V Encuentro Latinoamericano de Gestión Comunitaria del Agua realizado en Costa Rica.
En ese sentido, destacó también el papel de las universidades y donantes en integrar el principio de participación efectiva y significativa en el ciclo de proyectos dando oportunidades a las poblaciones de intervenir en dichas iniciativas.
Albuquerque anunció que prepara un manual de aplicación del derecho humano al agua y saneamiento que estará disponible pronto.